sábado, 15 de agosto de 2009

Argentina: Criminalización de los defensores de los Derechos Indígenas en Formosa

COPENOA

La Asociación de Abogados/as de Derecho Indígena (AADI) integrada por la mayoría de los abogados de Pueblos Indígenas del país, denuncia la criminalización de los defensores de derechos indígenas de la INTERWICHI de Formosa por parte del funcionario que ocupa el cargo de Defensor del pueblo en Formosa.

La Asociación de Abogados/as de Derecho Indígena (AADI) integrada por la mayoría de los abogados de Pueblos Indígenas del país, quienes ejercen sus defensas procurando que el Estado, tanto a nivel nacional como provincial, cumpla con las obligaciones que le imponen los Tratados de Derechos Humanos que garantizan la tierra, los territorios, la autonomía y demás derechos de los Pueblos Indígenas.

Es una asociación civil sin fines de lucro, que tiene como objeto promover la construcción de una República plurinacional y pluricultural, que respete, desarrolle y fortalezca la identidad de estos pueblos y contribuir, asimismo, a la protección de los defensores de los derechos indígenas y conexos perseguidos por su acción en defensa de los derechos indígenas. En tal carácter, sus autoridades los Dres. Juan Manuel Salgado, Presidente, Julio García, Vicepresidente y Patricia Bruyn su Secretaria, manifestaron a COPENOA su preocupación por la criminalización de las protestas indígenas en la Provincia de Formosa materializadas en la denuncia penal formulada por el Defensor del Pueblo Dr. Leonardo Gialluca, imputando penalmente a los defensores de comunidades del Pueblo Wichi de la Localidad de Las Lomitas, por las demandas y reclamos que lleva adelante dicho Pueblo Originario. La provincia de Formosa es una de aquellas en donde las violaciones a los derechos indígenas asumen mayor gravedad en el país, los miembros de los pueblos indígenas de esta Provincia carecen de viviendas dignas, de agua potable y de servicios de salud, con altos índices de desnutrición, tuberculosis y mal de chagas. Declararon además, que el gobierno formoseño desconoce abiertamente las normas establecidas en el Convenio 169 de la O.I.T. y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

El Sr. «Defensor del Pueblo» de esa Provincia, sin embargo, no sólo no ha iniciado acción alguna para que el gobierno provincial cese en tales violaciones, sino que, por el contrario, realiza un respaldo implícito a esta política acusando a los defensores del Pueblo Wichi, en especial a la INTERWICHI, de instigadores, asociación ilícita, homicidio culposo y otros cargos por el estilo. Salgado, García y Bruyn relataron a COPENOA que en el mes de junio el defensor del pueblo de Formosa realizó e impulsó una denuncia penal solicitando al Juzgado de Instrucción Penal y Correccional, de la Tercera Circunscripción Judicial de Las Lomitas que investigue respecto a las personas, organizaciones e instituciones que, según su criterio racista, «en forma dolosa y mezquina se abusaron de la ignorancia y de las necesidades insatisfechas de las comunidades Wichi». De este modo el Sr. «Defensor del Pueblo» no sólo promueve la criminalización de la protesta social sino que además desconoce que el Pueblo Wichi posee capacidad y autonomía para decidir y realizar las acciones que considera necesarias en defensa de sus derechos postergados.

La AADI pone estos hechos en conocimiento público, así como se dirige a los organismos defensores de los derechos humanos, a las instituciones responsables del Estado Nacional y a los órganos internacionales, solicitando que arbitren los medios necesarios y hagan cesar esta persecución.
http://www.argenpress.info/2009/08/argentina-criminalizacion-de-los.html

1 comentario:

luisiño dijo...

REFERENCIA. COMUNIDAD ABORIGEN DE NEGRA MUERTA SOLICITA CUMPLIMIENTO DE LEYES 23302 y 26206 PIDE MEDIDAS QUE GARANTICEN LA EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA DE SUS MIEMBROS. SOLICITA INTERVENCION DEL REPRESENTANTE DE DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS; DE COMUNIDADES ORIGINARIAS ARGENTINA Pueblos Originarios piden educacion superior universitaria en sus jurisdicciones (enviado el 7 de febrero de 2012 al ministro de educacion nacion y de prov. de Jujuy INAI diputados y senadores por Jujuy sin respuesta a la fecha)

En el tiempo se ha considerado y reconocido la integridad personal del descendiente del originario como ciudadano argentino, entonces se ha remarcado el siguiente:
1-Prohibir la esclavitud moderna y la servidumbre, que en el transcurso del tiempo se ha logrado con mucha efectividad impartiendo únicamente la educación primaria. En tanto que una educación de nivel superior contribuye en el desarrollo mental en su proceso de análisis y síntesis; más favorece a la investigación y a tener un criterio personal, que hoy se necesita.
2-Luego ante la falta de garantía en el derecho a la educación de nivel superior que vulnera irremediablemente a los niños y adolescentes y ante la ausencia del Estado que no asume su indelegable rol tutelar y no concurre al amparo del niño y del adolescente que padece deserción temprana del sistema escolar, y falta de propuesta que estimule su crecimiento y afirmación como persona; entonces acuden:
Los integrantes de diferentes comunidades originarias, o aborígenes y reclaman Acción de Amparo por la inobservancia de la Ley 26206 de Educación Argentina y de la Ley 23302 de Protección de comunidades aborígenes, en cuanto a la intensificación de los servicios de educación y cultura en las áreas de asentamiento de las comunidades indígenas, cuyos planes deberá, resguardar y revalorizar la identidad histórico-cultural de cada comunidad aborigen. En ese sentido requieren que se instrumenten las siguientes carreras superiores universitarias:
Arquitectura (dentro de la jurisdicción aborigen de Abra Pampa y Humahuaca).
Investigación científica en: Matemática, Física, Química (Abra Pampa y Humahuaca).
Computación. Luz. Sonido. Acústica. Reflexión (Negra Muerta, Iturbe, Humahuaca).
Investigación y tecnología en Procesamiento de alimentos: frutas, verduras, carnes… (Tilcara)
Investigación y tecnología en fabricación de cerámicos, mosaicos y azulejos… (Humahuaca
Investigación y tecnología en reparación de automotores y motos (Humahuaca, Abra Pampa, Tilcara)
Investigación y Tecnología en fabricación del vidrio (Abra Pampa).
Investigación y tecnología en el tratamiento de carpintería industrial: madera y metal (Abra Pampa, Humahuaca).
Tecnología en observación astronómica. Aprovechamiento del viento, aire, sol…Radar, Panel solar, Energía eólica (Abra Pampa, Cochinoca)
Investigación y tecnología sobre el cuidado del Ecosistema. Y aprovechamiento de sus recursos naturales: bosque, suelo, río… Forestación, viveros y otros. (Comunidad: Ocloyas, Paipayas, Osas
Cultivos Especiales. Investigación y tecnología sobre producción de granjas. Ganadería .Avicultura, piscicultura y otros. (Ocloyas, Paypayas, Osas)
Comunicación. Investigación y tecnología en producción de cine, y tratamiento de radio y televisión (Humahuaca ,Tilcara, Abra Pampa)
Gastronomía regional e internacional (Humahuaca, Tilcara, Abra Pampa)
Conservatorio de Música (Humahuaca, Negra Muerta, Tilcara, Abra Pampa)
Dibujo y pintura (Humahuaca, Tilcara, Negra Muerta)
Arte escénico. Danza (Humahuaca, Tilcara)
Por otro lado las comunidades originarias solicitan becas para alumnos que siguen estudios universitarios en otros puntos del país, o subsidios hasta que finalicen su carrera universitaria.